lunes, 30 de marzo de 2009

CASO PRÁCTICO INMIGRACIÓN

Sharon, Joseph y su hijo de quince meses.

Esta familia, que declaraba provenir de Sudán, recorrió medio continente africano para embarcar en una patera que les permitiese llegar a España. Después de dos semanas de una dura travesía, la Guardia Civil de Motril interceptó la embarcación y un juez de Granada dictó el ingreso de la familia en el CIE de Capuchinos a pesar de las constantes protestas por parte de las ONG, que denunciaban la presencia de un menor en un edificio que no está habilitado para esto.

El Defensor del Pueblo andaluz pidió la liberación de la familia, pero el Ministerio del Interior decidió separar al niño, que pasó al Servicio de Protección de Menores. Tanto el ministro Alfredo Pérez Rubalcaba como el portavoz de los sindicatos policiales, José Luis Fernández, ponían en duda que los padres se ocupasen del bebé. Las ONG desmienten este punto y critican la «irresponsabilidad» de estas palabras.
Después de 20 días, la familia fue expulsada a Nigeria, a pesar de que aseguraban ser de Sudán -país al que no podían ser repatriados por la convulsa situación política- y de que estaba abierto el proceso de petición de asilo. Las ONG piden las pruebas objetivas que han llevado a determinar su nacionalidad y que Nigeria no se convierta en un «cajón de sastre donde acaben todos los inmigrantes» de origen dudoso.

Fragmento extraído de la noticia:

http://www.diariosur.es/20090308/malaga/sombras-20090308.html

INMIGRACIÓN

La práctica realizada el mes pasado me pareció de gran interés para nosotros. Sobre todo debido a la aclaración de términos que, son mal utilizados y divulgados de forma tan general en los medios de comunicación. Resulta llamativo el que se considere extranjero a aquellas personas que provienen de fuera de la Comunidad Europea por ejemplo. O cómo la situación de una de estas personas puede modificarse legislativamente.

Es curioso observar que bien delimitadas están las situaciones en las que estas personas pueden encontrarse según la ley, según la modalidad de estancia, residencia o la situación regular o irregular.

Algo que me gustaría destacar, es la política que existe en nuestro país sobre los derechos de los inmigrantes. Es gratificante observar, como todos los extranjeros tienen derecho a la educación o a la asistencia sanitaria. Servicios que, en otros países del primer mundo ni si quiera son considerados para estas personas, que aparecen en España por la necesidad de buscar una nueva forma de vida debido a las dificultades e injusticias que suelen dominar en sus países de origen.

CASO PRÁCTICO LEY DE DEPENDENCIA

- Juan es un hombre de 57 años.

- Hace dos meses perdió la visión total de ambos ojos en un accidente de coche.

- Vive con su mujer Carmen, de 54 años. Ella trabaja a jornada completa. Y su sueldo es el único ingreso que tienen, ya que Juan es incapaz de continuar con su trabajo.

- Su lugar de trabajo se encuentra a 50 minutos de la residencia familiar.

- Tienen un hijo de 22 años que se encuentra cursando un Erasmus en Praga.

- Debido a su situación han tenido que contratar a Laura, para que le ayude a desayunar y a comer (en ausencia de su mujer) y a acompañarle a las diferentes habitaciones de la casa.

- Necesitan adaptar el entorno comunitario (ya que viven en un tercer piso) y el hogar para su nuevo condición física.

Recursos Sociales a los que puede optar:

- Ponerese en contacto con los Servicios Sociales de su localidad. De este modo pueden recibir información y atención personalizada acerca de los recursos que puede haber a su disposición. También pueden recibir orientación, Juan debido a su nueva situación y Carmen, acerca de algún tipo de formación que le facilite adoptar el nuevo rol que tiene que desempeñar.

- Solicitar la pensión por invalidez debido a la ceguera que padece.

- Servicio de Atención Domiciliaria.

LEY DE DEPENDENCIA

La entrada en vigor de esta ley ha dado respuesta a la necesidad de un gran número de personas que requerían de ciertas ayudas. Pero, sin embargo, después de haber visto la herramienta que se utiliza desde Servicios Sociales para medir el grado de dependencia de las personas (BVD), considero que aún queda mucho camino por recorrer.


La técnica de Baremos de Valoración de la Dependencia es una herramienta útil para los Servicios Sociales pero puede provocar equivocaciones de una gran índole. Ya que puede dar lugar a que personas sin un grado notable de dependencia obtegan la ayuda, mientras que otros sujetos que, realmente si que están necesitados de disfrutar de estos servicios, no lo consigan. No hay que olvidar, que los Servicios Sociales a menudo trabajan con herramientas de las Ciencias experimentales, lo que conlleva la toma de contacto con las personas y, estas herramientas suelen tener un grado de validez y fiabilidad menor que las técnicas utilizas en Ciencias puras. Aquí, no se puede medir algo con el mismo baremo que en Cálculo por ejemplo. Por lo que estos intervalos de error son completamente lógicos.

Como toda ley "joven" o innovadora, necesita su tiempo hasta que se perfile de forma correcta desde la teoría para poder ser aplicada eficazmente en la práctica a través de los profesionales.

miércoles, 4 de marzo de 2009

ENLACES DE INTERÉS

En esta dirección se pueden encontrar todos los centros de Servicios Sociales Municipales de la Comunidad de Madrid:

http://www.famma.org/secciones/centros_ss.htm

En este enlace se encuentra el área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid:

http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.828a72af12d68775a7a333b59fc08a0c/?vgnextoid=fe8a171c30036010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

A continuación aparece un portal para mayores desde el Ministerio de Educación,Política Social y Deportes:

www.imsersomayores.csic.es/recursos/index.html

CONSULTAS DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE

Es interesante observar como funcionan distintos Servicios Sociales en diferentes Comunidades Autónomas.

La memoria del ayuntamiento de Hondarribia me ha llamado especialmente la atención por la gran variedad de servicios que ofrece a los ciudadanos. En los tiempos de hoy en día, debido a la mayor calidad de vida, la baja natalidad y la baja mortalidad, gran parte de nuestra sociedad esta formada por personas de la tercera edad. Algo que se puede observar fácilmente en la gran cantidad de recursos que este ayuntamiento oferta a este colectivo. Sin embargo, lo que ha centrado mi interés es que además de los servicios más generales que se suelen otorgar en todos los ayuntamientos, el de Hondarribia ofrece servicios como entrenamiento mental o taichi, actividades que fomentan la participación de las personas de la tercera edad. Con una sociedad tan "anciana" es preciso fomentar este tipo de talleres para seguir manteniendo el cuerpo y la mente activos una vez acabada la vida laboral, ya que estas personas siguen formando parte de la sociedad y, debido a su experiencia, tienen muchas cosas que aportar.

Por otra parte, el programa HELDU, que es un servicio de atención jurídico-social a inmigrantes en situación irregular, demuestra la preocupación por parte de los miembros de estos servicios sociales de la búsqueda de acciones que frenen o prevengan la exclusión social de personas en situación tal controvertida.

Para finalizar también me gustaría señalar cómo desde los servicios sociales de un ayuntamiento se tienen que delegar, para el correcto y completo funcionamiento de los mismos, acciones a otras entidades y organizaciones. Demostrando la importancia de la coordinación de los profesionales del ámbito social.